El artículo 24, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, contempla el derecho al descanso y "vacaciones periódicas pagadas". España, allá por 1918, fue uno de los primeros países del mundo en regular por ley este derecho. Un derecho irrenunciable que, como saben, viene contemplado en el Estatuto de los Trabajadores. Aun así, oigo voces – por las calles del vertedero – que critican a Sánchez por ejercer el derecho de vacaciones. Y lo critican – para más inri – miles de españoles que disfrutan de las suyas en lugares relajantes. Critican que el presidente disfrute de un descanso en medio de una crisis como la de Ceuta. No olvidemos que otros expresidentes del Gobierno también han descansado – y por ello, criticados – en medio de tragedias como El hundimiento del Prestige, la crisis soberanista en Cataluña (Semana Santa de 2018) y la crisis del rescate financiero en 2012, entre otras.
El otro día, y tras varios dándole vueltas al asunto, pregunté en "X": "¿Debe un presidente del Gobierno ejercer el derecho de vacaciones?" Acto seguido, recibí un correo de un lector, afincado en Valladolid. Me comentaba que un presidente no debe, bajo ningún concepto, disfrutar de ese derecho. Según él, la presidencia de un Gobierno no se debe equiparar a un trabajo convencional. No hay una relación de ajenidad entre patrón y empleado sino una representación entre la ciudadanía y su cargo. También, defendía que un presidente debe ser ejemplar. Y esa ejemplaridad exige sacrificios que van más allá de los placeres mundanos. Por otro lado, cualquier situación de emergencias exige un liderazgo visible que intermedie, diagnostique y ponga soluciones. Y, por último, el gasto por vacaciones viene financiado por las arcas públicas. No se puede equiparar la factura vacacional de una familia tradicional con el coste que supone – en infraestructura, seguridad y demás – las vacaciones de Pedro Sánchez, por ejemplo.
Más allá de este correo, recibí otros que defendían las vacaciones de los presidentes. Así las cosas, el descanso sirve de reparación a quienes ostentan decisiones de Gobierno. Gobernar exige concentración y lucidez mental. Una concentración que se desgasta con el paso de los meses y que necesita, por tanto, un merecido descanso. Aunque el presidente no se rija ni por el Estatuto de los Trabajadores, ni por el Estatuto de la Función Pública; su figura – como servidor público – equivale a la de cualquier trabajador o funcionario. Dedica una parte de su tiempo a una ocupación remunerada y, por afinidad, debe tener vacaciones. La ausencia del presidente no entorpece la "producción de la maquinaria". Su ausencia es suplida por motores de sustitución, Motores capacitados para desempeñar su función como ministros y directores generales, entre otros. Y, por último, existe tecnología moderna que permite trabajar – en las mismas condiciones de eficiencia y eficacia – que en los aposentos de la Moncloa. Luego, la ausencia no implica dejadez de sus funciones sino una reorientación de estas.










